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CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN

1.-ORGANIZACIÓN

CEGA MULTIMEDIA, S.A.


2.-LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN

La XI Feria Internacional de la Caza y las Armas, FICAAR 2010, se celebrará en el Pabellón de Cristal de la Casa de Campo de Madrid los días 5, 6 y 7 de marzo de 2010.


3.-NORMAS DE ADMISIÓN

3.1. Podrán ser admitidos como expositoras todas aquellas empresas que presten cualquiera de los servicios que se detallan a continuación:

Accesorios de caza, armas y tiro/ Armas deportivas y de caza/ Arte/ Artesanía/ Automóviles/ Cartuchería/ Caza en España y en el extranjero/ Cuchillería y Espadas/ Gastronomía y Restauración/ Gestión Cinegética/ Granjas Cinegéticas/ Guarnicionaría/ Instalaciones e Tiro/ Libros/ Medios de comunicación especializados/ Óptica/ Perros y accesorios para perros/ Réplicas y Armas Decorativas/ Repoblaciones de fincas/ Ropa y Equipamiento/ Safaris/ Seguros/ Taxidermia/ Viajes/ Videos

Está prohibida la cesión a un tercero de los derechos de admisión y de parte o la totalidad del stand.

3.2. La Organización se reserva el derecho de modificar la superficie y/o emplazamiento asignado si las circunstancias lo exigieran y sin que derive indemnización alguna para el expositor por el ejercicio del citado derecho.


4.-PROMOCIONES Y CATÁLOGOS

Los expositores sólo podrán distribuir circulares, folletos, catálogos y objetos de cualquier clase de sus respectivos stands. Queda terminantemente prohibida la distribución y exhibición de cualquier clase de propaganda que no provenga de los fabricantes o representantes, firmas y empresas que participan en el certamen.

Los expositores sólo ocuparán con sus productos el espacio contratado, quedando los pasillo libres.


5.-TARIFAS DE SUELO Y ESPACIO

5.1. Existen dos tarifas diferentes (en ambos casos se incluyen la limpieza general, la calefacción y el consumo de luz, no los trabajos de acometida si fueran precisos).

• Espacio libre: 105 /m2 + 7 % IVA
(Espacio destinado exclusivamente a stand de diseño)

• Espacio modular: 120 /m2 + 7 % IVA

*Precio especial para stands con superficie superior a 20 m2:

• Espacio libre: 100 €/m2 + 7 % IVA
• Espacio modular: 115 €/m2 + 7 % IVA


6.-SOLICITUD DE ESPACIO, INSCRIPCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE STANDS

6.1. Los expositores que han participado en la última edición y quieran conservar la misma ubicación con igual o mayor superficie para la edición del 2009, tendrán prioridad con respecto a otros interesados en exponer pero deberán comunicarlo y hacer la reserva de este espacio antes del 30 de abril de 2009.

Pasada esta fecha se distribuirá el espacio que quede disponible siguiendo riguroso orden de llegada de las solicitudes (reservas) por lo que si su deseo es participar en FICAAR 2010 es aconsejable nos lo comunique y haga su reserva lo antes posible ya que tendrá prioridad en la elección de espacio sobre las solicitudes recibidas posteriormente.

La petición de reserva de espacio debe formularse mediante el impreso de solicitud de espacio en exposición, cumplimentado en todas sus pautas, remitiéndose a FICAAR por correo postal, por correo electrónico (info@ficaar.com) o por fax (+34 91 308 11 32).
Junto con la solicitud de espacio, debe adjuntarse inexcusablemente un depósito del 20% del importe total del stand solicitado sin el cual no adquiere validez la solicitud.

El pago se puede efectuar por transferencia a favor de Cega Multimedia, S.A.:

Bank Bankinter: C/ Avda. de Bruselas, Nº 12 - Alcobendas - Madrid - España
IBAN and account number: ES87 0128 0051 27 0500001567
Swift Code: BKBKESMM

o mediante el envío de un cheque nominativo a nombre de Cega Multimedia, S.A. a:

C/ Anabel Segura, 11 Edif A 4ºC - 28108 Arroyo de la Vega - Alcobendas - Madrid

6.2. El primer pago incluye los siguientes derechos:

• Reserva de la superficie solicitada y registro de la fecha de entrada de la solicitud recibida que determinará el orden a seguir en la elección del espacio.

• Solicitud de servicios adicionales.

6.3. A partir del 30 de abril la elección de espacio se hará por estricto orden de llegada de las solicitudes que se irán archivando diariamente. De entre las solicitudes recibidas en un mismo día, se establecerá una puntuación que determine el orden a seguir para la elección de los espacios según los criterios de:

Antigüedad en FICAAR: 1 año, 1 pto.;.2 años, 2 ptos.; 3 años, 3 ptos; 4 años, 4 ptos.; 5 años, 5 ptos; 6 años, 6 ptos; 7 años, 7 ptos; 8 años, 8 ptos; 9 años, 9 ptos; 10 años, 10 ptos; 11 años, 11 ptos.

Superficie: hasta 50 metros, 1 pto.; de 50 a 100 metros, 2 ptos.; de 100 a 150 metros, 3 ptos.; más de 150 metros, 4 ptos.

La igualdad de puntuaciones se resolverá a favor del stand que ocupe mayor superficie.

No se garantizan ninguna reserva cuyo 20% no haya sido debidamente abonado.

6.4. Un segundo pago correspondiente al 30% deberá realizarse antes del 1 de noviembre de 2009.

El pago de los servicios adicionales contratados, así como el restante 50% del importe total del stand, se efectuará antes del 1 de enero de 2010.

No se permitirá el acceso al recinto para montaje del stand si no se ha efectuado el pago completo del mismo.


7.-SERVICIOS ADICIONALES

La firma expositora deberá solicitar a la empresa Mofer Montajes, S.L. antes del día 15 de enero de 2010 todos aquellos servicios adicionales que necesite para la decoración y el montaje de su stand. El precio de los elementos y servicios quedan reflejados en un dossier que será enviado a todos los expositores.

8.-SEGUROS

Toda la mercancía expuesta en la Feria, estará OBLIGATORIAMENTE asegurada por una póliza de seguros que FICAAR suscribe a estos efectos y por unos capitales mínimos de 6.000 €.

En ausencia de valores declarados por los expositores, que excedan a los mínimos asegurados, FICAAR no se hará cargo de las reclamaciones que se puedan producir por insuficiencia de Capitales Asegurados.

8.1. La Prima del apartado anterior será de: 6,61 € por cada 6.000 € de capital asegurado.

8.2. Para aumentar los capitales mínimos asegurados deberán contactar con FICAAR.

Tlfno: 91 310 16 79 o e-mail: info@ficaar.com

8.3. La Compañía Aseguradora emitirá un póliza, donde se recogerán las garantías aseguradas, los capitales mínimos asegurados por expositor, así como la designación específica de los expositores con aumento de capital y su importe.

8.4. La póliza original estará a disposición de los señores expositores en las oficinas de FICAAR.

8.5. FICAAR indica que no se hará cargo de ninguna reclamación por daños y/o prejuicios causados a bienes, personas y animales, distintos a los amparados por los contratos de seguros suscritos por FICAAR para este evento.

8.6. DECLARACIÓN DE SINIESTROS:

El plazo de aceptación de la declaración de siniestro cubierto por las pólizas de seguros contratados, y ocurridos con motivo de la celebración de la exposición, será de 48 horas, siendo condición indispensable la comunicación del mismo por escrito a FICAAR.

8.7. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD:

FICAAR no es responsable de los daños causados a los expositores, su personal y sus materiales en el recinto de la exposición. Tampoco se responsabiliza de los daños causados a los visitantes por los productos expuestos.

8.8. RESPONSABILIDAD CIVIL EXPOSICIÓN:

FICAAR tiene contratada una póliza de Responsabilidad Civil figurando como asegurado y ostentando a su vez esta condición, el colectivo de expositores con ocasión de este evento, con un límite máximo de 1.800.000 € por siniestro, garantizando los daños materiales y/o corporales causados a terceros con motivo de dicha muestra.

La prima a abonar por los expositores por este concepto será de 12,02 €.

8.9. El hurto, sustracciones, simples pérdidas o extravíos no están cubiertos.

9.-RENUNCIA

En caso de renuncia o imposibilidad por parte del expositor para asistir al certamen, se perderá el derecho a la devolución de las cantidades abonadas, tanto de depósito inicial como de pago del importe del alquiler total del stand.

Si la renuncia tuviera lugar en los treinta días anteriores a la inauguración de la Feria le podrá ser exigido el pago íntegro de su espacio, aún cuando este pueda ser ocupado posteriormente por otro expositor.


10.-CONTROL DEL PERSONAL

Toda persona que haya de intervenir en los trabajos de montaje y desmontaje podrá tener acceso al recinto, para lo cual poseerá una tarjeta de expositor o montador acreditativa de su condición que deberá llevar en un lugar visible y en la que figurarán su nombre, firma comercial y stand.


11.-MONTAJE Y DESMONTAJE DE LAS INSTALACIONES

11.1. Para empezar a decorar el stand será necesario estar al corriente de los pagos correspondientes al alquiler del suelo y servicios contratados.

11.2. Los vehículos que se expongan en la Feria serán introducidos en el recinto antes de las 14:00 horas del día 3 de marzo de 2010.

11.3. El montaje de los stands se iniciará a las 8:00 horas de la mañana del día 3 de marzo de 2010 e inexcusablemente estará finalizado antes de las 8:00 horas de la mañana del día 5 de marzo de 2010.

No se admitirán a partir de este momento trabajos de ninguna clase que puedan ocasionar molestias al resto de expositores o entorpecer las labores de limpieza del pabellón. En caso de incumplimiento en los plazos de montaje y desmontaje la organización podrá exigir al expositor el abono de los gastos de limpieza ocasionados por el retraso, así como un suplemento del 10% sobre tarifa por el alquiler del espacio.
La decoración de los stands modulares por parte del expositor podrá iniciarse a partir de las 08:00 horas del día 4 de marzo de 2010 y estará finalizada a las 20:00 horas de este mismo día.

11.4. El plazo para retirar los artículos y elementos decorativos de los expositores comenzará a partir del momento mismo del cierre del pabellón el último día de feria y finalizará a las 14:00 horas del día posterior a la clausura. Ninguna instalación de las expuestas podrá ser retirada antes de la fecha y hora oficial de la clausura de la Feria.

11.5. No se permitirá pintar, clavar ni agujerear los elementos que componen los stands predecorados, ni tampoco manipulación alguna de la decoración. Estas cuestiones deberán ser en su caso debidamente autorizadas por los servicios técnicos de la Feria. Los trabajos de decoración complementaria deberán, en su caso, hacerse de forma que se soporten por sí mismos con total independencia de la propia estructura del stand.

11.6. El expositor o en su caso el profesional con el que contrate la decoración de su stand, deberá presentar a la Organización un boceto y descripción de los trabajos que realice, pudiendo ésta exigir un depósito previo cuando a juicio de los servicios técnicos lo considere preciso, siendo dichos servicios técnicos los que determinarán su cuantía.


12.-VIGILANCIA

La Organización del certamen dispone de un servicio de vigilancia en activo las 24 horas diarias que garantiza el buen desarrollo de la feria. La vigilancia de los stands y de los artículos de la exposición durante el horario de apertura al público y periodo de montaje y desmontaje es asunto que atañe al propio expositor.


13.-RESPONSABILIDADES

13.1. FICAAR, se responsabiliza de los daños causados a personas o cosas, siempre que sean de su competencia.

13.2. Los expositores son responsables por todos los daños que ocasionen en personas o cosas, bien sea causa de su propia actuación, de la de sus empleados o por medio de objetos de exposición o instalaciones, sin perjuicio de quien sea el culpable.



14.-MERCANCIAS EXTRANJERAS Y ADUANAS

14.1. Todas las mercancías de procedencia extranjera deberán ir debidamente amparadas por la documentación aduanera relativa a las mismas, que sea necesaria en cada caso en España. (Incluidos C.I.T.E.S. de trofeos.)

14.2. Dada la complejidad del régimen de aduanas, se recomienda a los señores expositores con mercancías extranjeras, que realicen los trámites necesarios para la entrada de las mismas en territorio español a través de un agente de aduanas.

14.3. La Organización no se responsabiliza de los problemas que para el expositor se pudiesen derivar motivados por los trámites legales que sobre la importación de mercancías y régimen de aduanas son exigidos por las autoridades competentes españolas.


15.-EXPOSICIONES DE ARMAS

15.1. Los expositores de armas de fuego deberán exponer las mismas sin aguja percutora, de manera que estas no puedan ser utilizadas.

15.2. Los expositores que piensen exponer armas de fuego, deberán pedir el permiso obligatorio a la comandancia de la Guardia Civil que les corresponda. Deberán enviar igualmente una relación completa de las armas y sus números correspondientes a la organización del certamen.

15.3. Una vez clausurada la feria y antes de retirar las armas de los stands, los expositores deberán pedir a la Guardia Civil que les expida la guía de retorno de las mismas.


16.-DISPOSICION FINAL

16.1. FICAAR editará un catálogo oficial que contendrá: relación alfabética de expositores y la relación de productos expuestos. El expositor deberá enviar los datos de inclusión en el catálogo junto con la solicitud de participación. No se aceptarán variaciones de los datos señalados en el impreso del catálogo que no sean comunicadas por escrito antes del 10 de enero de 2009.

16.2. Derecho de retención: La Organización queda facultada para retener los materiales expuestos en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas en este Reglamento. Especialmente la Organización podrá retener el material expuesto en caso de impago de algunas de las cantidades adeudadas por motivo de la participación en la Feria.

La Organización no es responsable en ningún caso de los daños que pudieran sufrir los materiales expuestos con motivo de la mencionada retención. Todos los gastos derivados de esta retención serán a cargo del expositor.

16.3. Exención de responsabilidad. La Organización no es responsable de los daños causados por los expositores, su personal y materiales en el recinto de la exposición. Tampoco se responsabiliza de los daños causados a los visitantes por productos expuestos.

16.4. El expositor está obligado a respetar todas las disposiciones vigentes relacionadas con la prevención de accidentes e incendios.

Las máquinas en funcionamiento deberán ajustarse a la normativa vigente en materia de ruido.

La Organización podrá prohibir el funcionamiento de las máquinas que no cumplan estas condiciones.

16.5. En caso de fuerza mayor, las fechas de la exposición podrán ser modificadas o su celebración anulada. En este último caso, el importe ya abonado del alquiler del stand será devuelto al expositor después de deducir los gastos llevados a cabo, en proporción a las cantidades abonadas por cada expositor, sin que pueda presentarse reclamación por presuntos daños consecuencia de la anulación.

16.6. Las posibles reclamaciones deben ser dirigidas por escrito a la Organización, quien decidirá inapelablemente en función de los intereses generales de la Feria.

Las partes acuerdan que todo tipo de litigio o discrepancia que se derive de esta relación jurídica se resolverá definitivamente ante el tribunal de la C.A.M.

Acuerdan igualmente su sumisión expresa al laudo arbitral que dicte el mencionado Tribunal y, en el supuesto de condena abonará los gastos de Procurador y Abogado, aunque su intervención no fuera perceptiva.

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